DATOS PERSONALES

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Politólogo y Maestro en Derecho Electoral / Profesor-Investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Iztapalapa (México City). Especialista en temas de Políticas Públicas, Teorías del Estado y la Democracia, Derecho Electoral, Federalismo y Gobiernos Locales. e-mail: mgmundouno@yahoo.com.mx

miércoles, 23 de julio de 2008

Héctor Aguilar Camín y los cuentos de hadas


Héctor Aguilar Camín y los cuentos de hadas

Miguel González Madrid
Universidad Autónoma Metropolitana – Iztapalapa

16 de julio de 2008

Ahora sí Héctor Aguilar Camín se vio más papista que el Papa (véase su colaboración “Reto” en Milenio Diario, martes 15 de julio de 2008). El neoliberal más conspicuo le envidiaría. Respeto su preferencia por la primacía del principio de libertad sobre el principio de igualdad (no equidad), pero en materia electoral -como en otras materias del derecho- uno de esos principios tiene que imperar, y en nuestro país se ha preferido que impere el principio de igualdad, sobre todo desde las reformas electorales de 1996. Hace años que en otros países se han efectuado reformas en el mismo sentido.

Tal vez Aguilar Camín y otros "intelectuales" ignoren legislaciones electorales de otros países y piensen que el caso mexicano es único en el mundo en donde se está atacando la libertad de expresión en materia electoral, pero mejor sería suponer que ellos están defendiendo un modelo que conviene a los que tienen poder económico y acceso real a los medios de comunicación masiva a través de contratos millonarios.

El principio de igualdad aplicado a una contienda electoral es diferente del principio de equidad, también aplicable a esta materia, pero que tiene que ver más con la asignación de bienes a actores según sus diferentes fuerzas. Por ejemplo, en la asignación de financiamiento público se aplican ambos principios. No obstante, cuando se trata de la asignación de tiempos en medios de comunicación masiva (tv y radio) sólo con el principio de equidad como proporcionalidad, el efecto es que los partidos minoritarios casi no tendrán oportunidad de comunicar sus propuestas a las audiencias, en tanto que los partidos grandes (PAN, PRI, PRD) tendrán más oportunidades.

Puede verse, por cierto, que los principios de equidad y de igualdad no se aplican invariablemente en materia electoral, sino conforme a un contexto determinado y la finalidad que se persigue: si se pretende evitar que la brecha de la desigualdad de capacidades de los actores se extienda, entonces opera el principio de igualdad de condiciones externas (de manera similar a cualquier competencia deportiva regulada, lo cual inhibe cualquier uso de aditamentos especiales que pueda dar ventajas a cualquiera de los competidores, salvo que todos dispongan de ellos en igual medida); por otra parte, el principio de equidad como proporcionalidad tiene como finalidad principal dar a cada cual un tipo de bienes conforme a sus méritos o capacidades de origen, pero en un contexto en el cual es posible aplicar otros principios que, en conjunto, procuren un cierto “equilibrio inestable” (para usar una expresión de Antonio Gramsci) entre los actores. Si a una contienda electoral entre actores con capacidades desiguales se omitiera un mínimo de condiciones iguales, el actor con más recursos (dinero, organización, etc.) se vería beneficiado porque así se alienta la inequidad de origen. Esa es la razón fundamental para aplicar el principio de igualdad: la inequidad de origen no debe ampliarse artificialmente, sino por las propias capacidades de los actores, y la función electoral tiene exactamente la responsabilidad de establecer un piso común que haga justa la contienda electoral.

Del mismo modo, una persona con un ingreso pequeño (1 a 5 salarios mínimos mensuales) tal vez quiera comprar productos básicos para su familia en lugar de dos o tres spots en radio de los que dice Aguilar Camín cuesta cada uno 80 pesos. Y ya ni se diga de los pobres que viven con el equivalente a dos dólares por día (criterio del Banco Mundial) o menos (que serían, literalmente, los "hambrientos, dixit también el Banco Mundial). A quienes el dinero les sobra (clases medias acomodadas, ricos, millonarios y multimillonarios), interesados además en cuestiones de política y elecciones, seguramente podrán comprar no dos o tres spots, sino mil, cinco mil, cincuenta mil o más.

Además, con espíritu empresarial, ¿a quiénes prefieren vender tiempos y espacios las empresas de tv y radio? ¿A los poquiteros o a los que pueden pagar millones de pesos? ¿¡En qué mundo vive Aguilar Camín!? ¡A las empresas (radiodifusoras y televisoras) les interesan los contratos millonarios, no los contratos de 80 pesos! ¿Ir a formarse para firmar un contrato de 80 pesos? ¡A otro lado con los cuentos de hadas!

Los multimencionados amparos para "salvar" la libertad de expresión en materia electoral serán respondidos con un revés. El pleno de la SCJN no es un colegiado de ingenuos, y tampoco serán sorprendidos por las falacias neoliberales. Sus integrantes saben que una cosa es la libertad de expresión "tout court" y otra su ejercicio tratándose de contiendas electorales; y también saben que en este país los actores políticos disponen de recursos económicos en forma tan dispar que, como coloquialmente se dice, tragan más pinole quienes tienen más saliva.

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